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Los espacios comunes son el corazón de una comunidad de propietarios; lugares de paso, encuentro y uso compartido que definen la calidad de vida en el edificio. Sin embargo, son también un foco frecuente de conflictos, ya sea por el uso indebido por parte de algunos vecinos o por el grave problema de la okupación ilegal. En ambos casos, existen vías de actuación para proteger los derechos de la comunidad.
No toda infracción tiene la misma gravedad, y es clave que la respuesta de la comunidad sea siempre proporcionada.
Es muy habitual encontrarse con vecinos que, de facto, extienden los límites de su vivienda ocupando elementos comunes. Ejemplos típicos son:
Apropiación de rellanos y pasillos: Dejar de forma permanente el carrito del niño, bicicletas, patinetes, zapateros o macetas.
Aparcamiento en zonas no permitidas: Estacionar motocicletas o bicicletas en el portal, bajo una escalera o en cualquier rincón del garaje no habilitado para ello.
¿Cómo actuar? Aunque estas acciones son ilegales al impedir o dificultar el uso del espacio por los demás y entorpecer la limpieza, los tribunales suelen considerar desproporcionado acudir a la vía más severa (la privación de uso del art. 7.2 LPH) si no se demuestran daños concretos, como humedades por riego o un bloqueo real del paso. La vía correcta es, en primer lugar, un requerimiento formal para que cese la ocupación. Si persiste, se puede iniciar una acción judicial ordinaria para obligar a la retirada.
Un caso mucho más grave es el del vecino que conecta su vivienda a la luz o el agua de la comunidad. Esto no es solo una molestia, es una actividad ilegal y peligrosa. Constituye un delito de defraudación de fluido eléctrico y, además, puede provocar sobrecargas, cortocircuitos e incendios, poniendo en riesgo a todo el edificio.
Ante un enganche ilegal, la comunidad debe actuar con total contundencia, pues la ley y los jueces amparan una respuesta firme, incluyendo la acción de cesación y la reclamación de todos los costes y daños.
Cuando una vivienda es ocupada ilegalmente, los problemas para la comunidad se multiplican y adquieren una dimensión mucho más grave:
Conflictividad constante: Ruidos a todas horas, peleas, amenazas y un clima general de inseguridad.
Actividades ilícitas: En muchos casos, los pisos okupados se convierten en puntos de venta de drogas.
Daños y deudas: Son frecuentes los enganches a los suministros comunitarios, las fugas de agua por falta de mantenimiento que afectan a los pisos inferiores y los daños en el portal, ascensores o buzones.
Aquí la comunidad tiene una doble estrategia que a menudo desconoce:
Reclamar al propietario del piso okupado: El propietario legal (sea un banco, un fondo de inversión o una entidad pública) tiene la obligación de conservar su inmueble y evitar que cause perjuicios a terceros. Si la comunidad le notifica fehacientemente los problemas y este muestra pasividad, se le puede demandar judicialmente y exigirle que tome medidas para desalojar a los ocupantes y que indemnice a la comunidad por los daños y deudas generadas por su negligencia.
Demandar directamente a los ocupantes: La comunidad está plenamente legitimada para interponer una acción de cesación (art. 7.2 LPH) directamente contra los okupas. Al no tener título legal para residir allí y estar realizando actividades molestas, peligrosas o insalubres, los tribunales pueden decretar su lanzamiento (desalojo) inmediato, como ya ha ocurrido en numerosas sentencias.
Ya sea por el abuso de un vecino o por un complejo caso de okupación, la defensa de los elementos comunes requiere una actuación firme y profesional. En Debrán Administradores, aplicamos una gestión escalonada y estratégica. Para los usos indebidos, iniciamos con una comunicación dialogante pero firme, seguida de un requerimiento formal si es necesario, buscando siempre la solución más rápida y menos conflictiva.
En el grave problema de la okupación, actuamos en un doble frente: primero, requerimos formalmente al propietario legal del inmueble para que cumpla con sus obligaciones, sentando las bases para una posible reclamación por su pasividad. Simultáneamente, asesoramos a la comunidad sobre la viabilidad de emprender una acción judicial directa contra los ocupantes para solicitar su cese y lanzamiento. Nuestra labor es proteger los derechos y la seguridad de la comunidad con todas las herramientas que la ley ofrece.
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