¿Busca un Administrador? Hablemos.
Seamos sinceros: un martes a las ocho de la tarde, lo último que te apetece es encerrarte en el portal o en una sala vecinal a discutir sobre el presupuesto del ascensor, la pintura de la fachada o los horarios de la piscina. Es tentador pensar: “Ya iré a la próxima” o “Que decidan los demás, a mí me da igual”.
Sin embargo, en una comunidad de propietarios, el que calla, otorga. No asistir a las Juntas de Propietarios no te libera de las obligaciones que allí se aprueben y, lo que es peor, puede acabar costándote muy caro.
Hoy te explicamos cómo se toman las decisiones cuando no estás y, sobre todo, cómo puedes proteger tus derechos sin morir en el intento.
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) está diseñada para que las comunidades no se paralicen por la falta de asistencia. Por eso, las reglas del juego cambian para los propietarios ausentes:
El "silencio positivo": En muchos de los acuerdos que requieren mayorías cualificadas (como la instalación de nuevos servicios comunes), si no asistes a la Junta, la ley otorga un plazo de 30 días naturales desde que recibes el acta para manifestar tu discrepancia. Si no dices nada en ese plazo, tu voto se computa como a favor del acuerdo.
Derramas obligatorias: Si en la Junta se aprueba una derrama necesaria para la conservación o accesibilidad del edificio (por ejemplo, arreglar una filtración o instalar una rampa), tendrás que pagarla exactamente igual que si hubieras votado que sí.
Pérdida de voto en el momento: Para los acuerdos que se deciden por la mayoría de los asistentes en segunda convocatoria (los asuntos del día a día, como aprobar las cuentas anuales), tu opinión simplemente no existirá. Se hará lo que decidan los que sí fueron.
Un dato clave: No enterarte de lo que se ha aprobado porque "no fuiste" no es una excusa legal. El desconocimiento no te exime de pagar ni de cumplir las nuevas normas.
Saltarse las reuniones de vecinos de forma sistemática suele traducirse en sorpresas desagradables a medio plazo:
Gastos imprevistos: Te puedes encontrar con una notificación de cobro por una obra con la que no estás de acuerdo o que consideras innecesaria.
Cambios en las normas comunitarias: Modificaciones en el uso de las zonas comunes, los horarios de la comunidad o la normativa de los alquileres vacacionales en el edificio que te afecten directamente.
Falta de control: Estás dejando el destino de tu mayor inversión patrimonial (tu vivienda) en manos de un grupo reducido de vecinos.
A veces es imposible asistir por trabajo, salud o viaje. Por suerte, proteger tus derechos y hacer oír tu voz es más sencillo de lo que parece si sigues estos pasos:
No necesitas ir en persona para estar presente. La ley te permite delegar tu voto en cualquier persona (un vecino de confianza, un familiar o incluso el propio Administrador de Fincas). Solo necesitas rellenar y firmar el escrito de delegación que suele venir adjunto a la convocatoria, indicando claramente el sentido de tu voto si lo deseas.
Cuando recibas el acta de la Junta (por correo o email), no la archives sin mirar. Léela con atención. Recuerda que tienes el reloj en marcha: 30 días para oponerte formalmente si eres un propietario ausente y el acuerdo requiere esa mayoría de votos.
Si consideras que un acuerdo es contrario a la ley, a los estatutos de la comunidad, o que perjudica gravemente tus intereses o los de la comunidad en beneficio de unos pocos, tienes derecho a impugnarlo judicialmente.
¡Atención! Para poder impugnar un acuerdo siendo un propietario ausente, es fundamental que hayas manifestado tu discrepancia formalmente en esos 30 días posteriores a recibir el acta, y que estés al corriente de pago con la comunidad (o que consignes judicialmente la cantidad que se te reclama).
La gestión de una comunidad no tiene por qué ser un dolor de cabeza ni una fuente de conflictos. Contar con una administración de fincas profesional, transparente y volcada en la comunicación digital te permite estar al tanto de todo lo que ocurre en tu edificio con un solo clic, facilitando las delegaciones de voto y el envío rápido de las actas.
La próxima vez que veas la convocatoria en el tablón de anuncios o en tu bandeja de entrada, recuerda: tu vivienda es tuya, no dejes que otros decidan por ti. Si tienes cualquier duda pregúntanos, estaremos encantados de ayudarte.
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