¿Busca un Administrador? Hablemos.
El tema de la ocupación indebida de plazas de garaje es una fuente frecuente de conflicto en las comunidades de propietarios, especialmente en urbanizaciones con viviendas de segunda residencia utilizadas de forma intermitente.
Ante esta situación, y desde nuestra experiencia, la primera medida que recomendamos es contactar directamente con el vecino que está ocupando la plaza incorrecta. Un diálogo cordial y asertivo puede ser suficiente para resolver el problema. Es posible que el vecino haya estacionado allí por comodidad o desconocimiento, asumiendo erróneamente que la plaza estaba libre. Abordar la situación con la premisa de que suele tratarse de un error puntual y no de una acción personal contra nosotros facilitará la conversación.
Si esta primera aproximación no da resultado, existen dos vías legales para resolver la situación:
Vía Civil: Se puede interponer una demanda a través de un procedimiento simplificado de juicio verbal. Dado que la ocupación de una plaza de garaje ajena contraviene los estatutos de la comunidad, tanto el Administrador de Fincas Colegiado como el Presidente están legitimados para iniciar este proceso.
Vía Penal: Esta acción también podría considerarse un delito contra el patrimonio. Sin embargo, para que la vía penal prospere y se considere un delito grave, la ocupación debe ser prolongada en el tiempo, realizarse sin autorización y poderse probar mediante evidencias como fotografías, testimonios de otros vecinos, etc., que demuestren la continuidad de la ocupación.
Es importante agotar la vía del diálogo antes de recurrir a acciones legales, pero conocer las opciones disponibles es fundamental para proteger los derechos de cada propietario.
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